martes, 28 de enero de 2025

PETICIÓN EN CHANGE - OBJETIVO LOGRADO - NUEVO DISEÑO CURRICULAR EN NIVEL INICIAL GCBA

 APROBACION DEL NUEVO DISEÑO CURRICULAR CON ENFOQUE 
INTEGRAL.

Es una emoción muy grande para mí compartir que finalmente con fecha 27 de 
diciembre 2024 mediante Resolución RESOL-2024-2788-GCABA-MEDGC, se 
aprobó el nuevo diseño curricular haciendo foco a la mirada integral que merece 
la educación en el Nivel Inicial y en virtud de ello se encuentran los anexos 
diseñados según la misma, por un lado el marco normativo (IF-2024-48297474-
GCABA-SSPIE) y por el otro el detalle del diseño curricular específico (IF-2024-
48298587-GCABA-SSPIE).
Desde luego que esto ha sido el logro de una suma de voluntades (4680 firmas)
y de una escucha cálida y activa de la señora Ministra de Educación (GCBA)
Mercedes De Miguel, de la directora de nivel Inicial la señora Érica Olivera, y de 
todas las personas involucradas con acabada formación en la temática desde lo 
fonológico, lo pedagógico, lo educativo.
A modo ilustrativo comparto algunos fragmentos:
- Resolución: “(…) Que puntualmente, se busca la mejora de los 
aprendizajes fundacionales de Lengua y Matemática a través de nuevas
estrategias, un mayor acompañamiento, mayor tiempo de enseñanza y 
asistencia sostenida y continua en la escuela en un ambiente que 
promueva el bienestar socioemocional, la inclusión y la atención a la 
diversidad; (…);
“(…) Que de este modo, se responde a un derecho fundamental y a un 
compromiso público entre los diversos actores del sistema educativo, 
asegurando la enseñanza de contenidos socialmente significativos y el 
cuidado de los niños y niñas, mediante un abordaje integral de la 
educación que abarca las dimensiones corporal, emocional, social,
afectiva, cognitiva, comunicativa, expresiva, estética y ética, 
promoviendo el desarrollo personal y social, y destacando la 
importancia del juego como contenido a enseñar y medio para el 
aprendizaje; (…);
Que como resultado de dicho proceso, la Subsecretaría Planeamiento e 
Innovación Educativa propicia la aprobación del Marco General de Nivel 
Inicial para los establecimientos educativos de gestión estatal y privada 
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires conforme Anexo I (IF-2024-
48297474-GCABA-SSPIE);
Que Asimismo, la mencionada Subsecretaría propicia la aprobación del 
Diseño Curricular de Nivel Inicial correspondiente a los niños de cuatro (4) 
y cinco (5) años, obrante como Anexo II (IF-2024-48298587-GCABA￾SSPIE); (…)
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
RESUELVE: 
Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución 1226-SED/00 y sus 
modificatorias por la cual se aprobó el Diseño Curricular vigente para el 
nivel inicial en lo que respecta a los niños de cuatro (4) y cinco (5) años.
Artículo 2°.- Aprobar el Marco General de Nivel Inicial para los 
establecimientos educativos de gestión estatal y privada del Gobierno de 
la Ciudad de Buenos Aires conforme Anexo I (IF-2024-48297474-GCABA￾SSPIE) el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente 
Resolución.
Artículo 3°.- Aprobar el Diseño Curricular del Nivel Inicial correspondiente 
a los niños de cuatro (4) y cinco (5) años, conforme Anexo II (IF-2024-
48298587-GCABA-SSPIE) el que a todos sus efectos forma parte 
integrante de la presente Resolución. (…)
- Anexo Normativo: “(…)La promulgación de la Ley de Educación Nacional 
N° 26.206/06, junto con el pronunciamiento del Pacto de San José de 
Costa Rica, establece, en su artículo 19, que “todo niño tiene derecho a 
las medidas de protección que su condición de menor requiere por parte 
de su familia, de la sociedad y del Estado”. (…)
La propuesta pedagógica se basa en impulsar la diversidad de 
experiencias, teniendo en cuenta los diferentes modos de conocer, 
pensar, comunicarse, aprender y vincularse de los niños, y la variedad de 
contextos institucionales en los que se desarrolla la enseñanza, para 
favorecer el desarrollo de una alfabetización cultural, entendida como la 
capacidad para comprender, valorar y participar en la diversidad de 
manifestaciones culturales y artísticas. (…)”
- Diseño Curricular: “(…) Aprender a leer y escribir implica adquirir, 
además de las habilidades del lenguaje oral, el dominio del sistema de 
escritura de la lengua. En el caso del español, el sistema se rige por el 
principio alfabético mediante el cual las letras representan los sonidos de 
las palabras. Para que los niños logren comprender la relación entre la 
oralidad y la escritura, el Nivel Inicial promueve de modo sistemático y 
lúdico el desarrollo de la conciencia fonológica y el aprendizaje de las 
correspondencias.
La conciencia fonológica es la habilidad que permite reconocer y 
manipular los sonidos que componen las palabras de la lengua oral, por 
lo que se inicia con el reconocimiento de rimas y se consolida cuando se 
logra identificar cada uno de los sonidos que se articulan en una palabra 
(conciencia fonémica). Se trata de una habilidad precursora ya que, al 
poder identificar los sonidos, los niños pueden avanzar con facilidad en el 
establecimiento de las correspondencias entre sonidos y letras. No solo 
es necesario reconocer que las palabras en el habla están compuestas 
por una secuencia de sonidos que se pueden separar, sino también 
conocer las letras. Se trata de aprender que estas representan los sonidos 
del habla y que cada una de ellas representa un sonido 
(correspondencias).
Gracias a todas las personas que escucharon, entendieron y acompañaron 
para que las infancias tengan un correcto acceso al sistema educativo desde 
su primer contacto la escolaridad.

Atte. Les saluda Dra. Scelato

sábado, 18 de enero de 2025

ASESORÍA OFF LINE

Nuevo servicio, he decidido sumar la posibilidad de generar una asesoría bajo seguimiento sistema off line, es decir, desde la posibilidad de asistirte en tus consultas sin necesidad de que nos conectemos en vivo y en directo.
A través de intercambio de correo electrónico podés escribirme lo que necesitas saber y así podré pedirte lo que necesito saber para una correcta intervención.

No dudes en escribirme a:
scelato.griselda@gmail.com 


viernes, 27 de diciembre de 2024

SERVICIOS PROFESIONALES - HONORARIOS


 

DRA. GRISELDA SCELATO

ABOGADA GRADUADA DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES.

DIPLOMADA EN NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.

MATRICULADA EN EL COLEGIO PÚBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL.

ESPECIALISTA EN DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES Y ADULTOS MAYORES. EN DERECHO PREVISIONAL (JUBILACIONES Y PENSIONES – RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS), CONSUMIDORES Y DERECHOS HUMANOS.

CAPACITADORA

AUTORA DEL LIBRO “TU PUENTE HACIA EL DERECHO”

 

-          ASESORIAS VIRTUALES: MARTES, MIERCOLES Y JUEVES DE 9 A 16 HS. (se toman turnos con reserva, 50% del valor)

DATOS DE CONTACTO:

 

Teléfono celular: (011) 15 3 598 9932

 T° 109 F° 864 - CPACF
 e- mail:  scelato.griselda@gmail.com

 In: https://www.linkedin.com/in/dra-griselda-m-scelato-691943246/

 Ig @dragriselda.abogada:                      https://www.instagram.com/dragriselda.abogada/?hl=es-la

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

HONORARIOS PROFESIONALES – PRESUPUESTO

LEY DE HONORARIOS PROFESIONALES DE ABOGADOS, PROCURADORES Y AUXILIARES DE LA JUSTICIA NACIONAL Y FEDERAL - Ley 27423

 

-          CONSULTA VERBAL: 0,5 UMA

-          CONSULTA CON INFORME: 1 UMA

-          REDACCION DE CARTA DOCUMENTO: 1 UMA

-          ESTUDIO O INFORMACIÓN DE ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS O JUDICIALES: 1,5 UMAS

-          ASISTENCIA Y ASESORAMIENTO DEL CLIENTE PARA REALIZAR ACTOS JURIDICOS: 1,5 UMAS

-          GASTOS ADMINISTRATIVOS PARA INICIO DE JUICIO: 0,5 UMA

-          ASISTENCIA A UNA AUDIENCIA DE MEDIACIÓN O CONCILIACIÓN: 2 UMAS.

 

ASUNTOS JUDICIALES DONDE NO SUSCEPTIBLES DE APRECIACIÓN PECUNIARIA

-          DIVORCIO Y RESPONSABILIDAD PARENTAL: 25 UMAS

-          ADOPCION:  20 UMAS

-          TUTELA: 20 UMAS

-          ACCIONES SOBRE FAMILIA Y CAPACIDADES: 25 UMAS

-          TRAMITES ADMINISTRATIVOS: 2 UMAS

-          AMPAROS: 20 UMAS

 

______________________________

CUOTA ALIMENTARIA: SE CALCULA PORCENTAJE SOBRE LA CUOTA ACORDADA MULTIPLICADA POR 2 AÑOS.

VALOR UMA A LA FECHA DIC 2024 PJN/CABA                VALOR UMA A LA FECHA NOV 2024 PJ CABA

$ 66.436.-                                                                          $ 99.951.-

 

 

*CONSULTE PRESUPUESTO PERSONALIZADO

 

jueves, 22 de febrero de 2024

MI PRIMER LIBRO "TU PUENTE HACIA EL DERECHO"

 Luego de estar pendientes algunas publicaciones en el blog, llegó la hora de compartirles esta hermosa noticia. Luego de un trabajo intenso, entre madrugadas, ratos libres y todo momento posible, escribí mi primer libro con la finalidad de que quien lo lea pueda adquirir habilidades en el ejercicio profesional de la abogacía.

Feliz de haberlo logrado y deseando se cumpla el objetivo en cada persona destinataria del mismo.

Un sueño hecho realidad junto a Grupo Editorial Libero, que acompaña a quienes desarrollamos autoría independiente.


Mediante la Tienda Books de la editorial podrás adquirirlo en formato ebook o físico.

https://tiendabooks.com/product/tu-puente-hacia-el-derecho-griselda-mabel-scelato/https://tiendabooks.com/product/tu-puente-hacia-el-derecho-griselda-mabel-scelato/

domingo, 30 de abril de 2023

APERTURA DEL REGISTRO DE ABOGADOS DE NNYA EN EL CPACF APROBADA POR UNANIMIDAD

 En este tiempo que pasó y siempre con miras de informar cuestiones concretas, me toca compartir algo que ha sido esperado por muchísimo tiempo. Se trata de la apertura del registro de abogados de niños, niñas y adolescentes del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal.

Muchos se preguntarán de que se trata esta iniciativa que ya existe en algunas provincias, incluso en la Provincia de Buenos Aires. Existen profesionales de la abogacía que nos hemos especializado y lo seguimos haciendo, en la defensa de los derechos del sector infanto-juvenil pero para poder ejercer de modo correcto, conforme lo dice la legislación específica, necesitamos estar anotados en un registro especial correspondiente al Colegio de abogados de cada jurisdicción. 

En el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, el salvo conducto al igual que en otros lugares donde aún está pendiente la habilitación y puesta en marcha, solo teníamos la posibilidad de ejercer la defensa presentándonos de forma espontánea como "Abogados de Confianza", pero aún así con la imposibilidad de avanzar en los procesos por impedimento de una de las partes o bien de los jueces.

Ahora bien, el primer paso era que el Consejo Directivo apruebe dicha apertura y eso se logró en la reunión llevada a cabo el día jueves 20 de abril de 2023 a la que pueden acceder en el enlace de youtube que adjunto. (a partir de las 3hs 24 min 30 segundos se trató el tema).

Allí se indicó que, el Coordinador del servicio de patrocinio elevó la nota para solicitar dicha apertura (hemos tenido reuniones previas con el Dr. quien supo entender la petición y siempre en sintonía con lo planteado lo que ayudó a avanzar en la elevación de dicha nota)

Hoy existe un registro de amigos pero es cerrado, ahora con esta iniciativa será abierto, se ordenará la inscripción, y luego en reunión de consejo se aprobarán dichas inscripciones. Además se solicitó cambiar el nombre ya que hoy se llama amigos y la idea es que solo se llame registro de abogados de los niños, niñas y adolescentes.

El paso siguiente es confeccionar la cuestión protocolar y reglamentaria para que comience a funcionar la incorporación de colegas interesados en integrar la nómina por lo que aún está en proceso la cuestión formal pero ya con una aprobación para empezar a trabajar en las herramientas necesarias para el debido funcionamiento.

https://www.youtube.com/watch?v=1_xZtZNUN3I&t=12513s

viernes, 24 de junio de 2022

Resolución General AFIP N° 1566/2010 MULTAS POR DD.JJ. FALSAS

 

En esta oportunidad quiero comentarte los avances que hubo en el expediente que inicié en el Ministerio de Trabajo en 2021.
El motivo: empleador hizo un despido que se perfeccionó por telegrama pero seguían informando a la AFIP, Declaraciones Juradas indicando que el trabajador había tomado licencias sin goce de haberes.

Esta situación se prolongó por casi un año y ante esa información que se subía a la AFIP, sin adjuntar telegrama de empleado donde supuestamente pedía dicha licencia que de hecho no lo había hecho, ANSES negaba desempleo e IFE en plena pandemia 2020, porque al cruzar datos ellos veían reflejado que el empleado estaba de licencia sin goce de haberes.

La realidad de los hechos es que existe discrecionalidad por parte del empleador para informar a la AFIP, Altas, licencias y Bajas sin respaldo alguno de documental y AFIP lo recibe sin problemas porque existen sanciones ante el posible accionar malicioso pero son medidas que se activan con posterioridad a la comisión de los hechos y en tanto y cuanto el trabajador haga la denuncia respectiva.

El primer llamado como trabajador damnificado fue ante la AFIP, quien se negaba a tomar la denuncia, por la discrecionalidad y que si no estaba de acuerdo debía acudir a donde corresponda. Por ello el paso siguiente y habiendo con carácter previo realizado la denuncia ante fiscalía por generar documentación pública falsa, fue iniciar expediente en Ministerio de Trabajo.
De parte de la fiscalía han investigado y corroborado que los hechos eran reales que había falsificación pero que no existía delito tipificado para condenar la conducta.

Al iniciar actuaciones en el Ministerio de Trabajo, se hizo la petición que a partir de este precedente, exista una obligatoriedad de parte de AFIP de pedir al empleador mediante alguna circular, que al presentar declaraciones de licencia sin goce de haberes, se exija acompañar la voluntad del trabajador bajo apercibimiento de tenerla por no presentada y se impongan las multas que correspondan.
El expediente fue derivado a la AFIP para su investigación donde confirmaron los dichos y ahora están en camino a la aplicación de multas por incumplimiento pero nada se dijo aún de que estas medidas existan con carácter previo.

Es decir, el planteo que hace AFIP es que las medidas de sanción existen, y el que yo hago es que existen y se aplican pero cuando ya ocurrieron los hechos y si el trabajador denuncia.

Son pocos los ciudadanos que saben que hacer y como, incluso yo me vi impedida de que la propia AFIP me tome la denuncia.
Fue recién cuando se inició en el Ministerio y lo derivaron que se pusieron a trabajar.
La norma que impone sanciones es la siguiente:

"Resolución General AFIP N° 1566/2010"

15 de Febrero de 2010

Estado de la Norma: Vigente


Estoy contenta de que se ha podido avanzar en el reclamo individual, pero aún estoy con esperanzas de que se corrija la norma o se dicte una circular de carácter preventivo para que el trabajador no se quede sin salario y sin beneficio social.

PETICIÓN EN CHANGE - OBJETIVO LOGRADO - NUEVO DISEÑO CURRICULAR EN NIVEL INICIAL GCBA

 APROBACION DEL NUEVO DISEÑO CURRICULAR CON ENFOQUE  INTEGRAL. Es una emoción muy grande para mí compartir que finalmente con fecha 27 de  d...