viernes, 28 de enero de 2022

EXPEDIENTE INICIADO ANTE MINISTERIO DE TRABAJO

 Tal como les comenté, sigo adelante con la presentación realizada ante Ministerio de Trabajo por la libertad de la que gozan los empleadores a la hora de informar a la AFIP altas, bajas y estado de relación laboral de los empleados.

Todo esto surgió porque empezaron a salir a la luz casos de trabajadores despedidos en forma verbal, manteniendo el vínculo denunciando que el trabajador se había tomado licencia sin goce de haberes.

AFIP al ser un ente recaudador, no exige la voluntad expresa del trabajador.

Lo grave de la situación es que el trabajador se presenta ante ANSES para solicitar desempleo y ANSES ve en AFIP que la persona esta vinculada con su ex empleador bajo licencia sin goce de haberes por tanto deniega la prestación.

La persona se queda sin percibir la ayuda y además esos meses que podrían sumar como meses de aporte previsional no los tiene si en ese período no consigue empleo.

Cuando contacto a la AFIP dando cuenta de la situación me toman los reclamos con supuestos números que luego no quedan registrados y en un tercer llamado me dicen: A LA AFIP NO LE IMPORTA LO QUE DENUNCIA EL TRABAJADOR PORQUE ES UN ENTE RECAUDADOR. SI NO LE GUSTA ACUDA A DONDE CORRESPONDE QUE ES EL MINISTERIO DE TRABAJO.

Con semejante respuesta y ante la gravedad de la situación procedí a iniciar las actuaciones y además en paralelo ya había denunciado ante fiscalía la situación.

La respuesta del sumariante fue: LOS HECHOS ESTÁN PROBADOS PERO NO HAY TIPO PENAL PARA CONDENA. POR ELLO SE CIERRAN LAS ACTUACIONES.

Al pasar un año, finalmente se decide a dar la baja el empleador y ahí sí la persona pudo acceder al beneficio.

Hoy por hoy y a la luz de los hechos, tengo esperanzas de que con el expediente iniciado, el Ministerio de Trabajo emita una resolución por la cual indique a la AFIP que emita una circular en la que toda vez que un empleador denuncie licencias, acompañe la voluntad expresa del trabajador por medio de notificación fehaciente bajo apercibimiento de tenerla por no presentada y condene en multas al empleador.

Es una forma de proteger al trabajador y que dejen de emitirse documentos falsos de carácter público.

Sin dudas una práctica que afecta a las relaciones laborales en todo el Territorio de la Nación.


ESPERO SEA ÚTIL para todos este dato y no te olvides de controlar tu perfil de AFIP.

Te deseo un excelente 2022 y cuando tenga novedades las compartiré.

Dra. Scelato Griselda

MI PRIMER LIBRO "TU PUENTE HACIA EL DERECHO"

 Luego de estar pendientes algunas publicaciones en el blog, llegó la hora de compartirles esta hermosa noticia. Luego de un trabajo intenso...